Sentencia del TSJM sobre el RVTC

El pasado lunes 30 de enero nos fue notificada sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, estimando íntegramente el recurso interpuesto por nuestra Asociación, por no ser ajustada a Derecho la actuación administrativa del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, declarando la nulidad de la Resolución del 26/10/21 en la que se anunciaba la entrada en funcionamiento del R-VTC.


Por segunda vez, la sección 6ª de dicho Tribunal declara la nulidad de la puesta en funcionamiento del Registro Electrónico de VTC, gracias nuevamente a los letrados José Andres DiezJose Luis Ortega Gaspar, ambos responsables jurídicos de la Asociación.


El Tribunal considera, que al igual que la vez anterior, la Resolución de la Dirección General del MITMA, es una disposición general, no habiéndose elaborado correctamente y debiendo haber comunicado el proyecto de resolución a todos los titulares de autorizaciones VTC, no bastando la información emitida por el Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC) al no encontrarse todos estos representados en él.


Todas las sanciones derivadas del uso del RVTC, ya sean firmes, en trámite, o incluso, aquellas que no hubiesen sido recurridas en tiempo y abonadas, son nulas e informaremos a nuestros asociados del procedimiento de reclamación de las mismas.

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